INTRODUCCIÓN AL DERECHO





1. INTRODUCCIÓN

La primera observación que nos iluminara sobre la naturaleza del concepto de derecho, es que se refiere solo a las acciones humanas, al obrar. No podemos pensar en justo o injusto, en legal o ilegal, sino aplicándolo a una actividad humana. Los puros fenómenos naturales (astronómicos o atmosféricos) no se pueden valorar con estos términos, son extraños al Derecho. En todo acto humano existen dos partes o vertientes que están unidos, sin que se puedan separar: el lado interno del sujeto, es decir el acto de voluntad de actuar el lado externo, el acto mismo, es decir la repercusión exterior del acto.
Pues bien, el derecho va a tener como objeto, fundamentalmente, las consecuencias exteriores del acto humano, sin que se pueda afirmar que el derecho no valora las intenciones, ya que en la comisión de un delito, la calificación del mismo y su condena variara según haya existido o no “dolo” (intencionalidad).
Aunque si es verdad que un acto sin manifestación exterior es extraño al derecho (pensamiento ilegal).
Por otro lado la valoración de los actos humanos la podremos realizar desde dos puntos de vista:
Subjetiva: en relación con el propio sujeto que realiza el acto. Entonces hablaremos de su moralidad o Ética.
Objetiva: en relación con acciones de otros sujetos. Entonces hablaremos de formas de obrar, de normas o de pautas de comportamiento
Pues bien, el derecho además de tener como objeto los actos humanos en su vertiente externa fundamentalmente, valorara dichos actos en relación con acciones de otros sujetos.

2. DESARROLLO

 2.1. - CONCEPTO DE DERECHO

Para acercarnos al concepto de Derecho, debemos partir de la idea del hombre como ser social. Para ello partiremos de dos premisas fundamentales: la idea de sociedad y la idea de orden; la vida del hombre se desarrolla en común con otros hombres y esta convivencia sería muy difícil si no estableciéramos unas reglas de conducta en común con otros hombres que permitan una relación pacífica.
Es decir que todo grupo humano, toda agrupación, cualquiera que sea la finalidad que persiga, necesita un cierto orden, una ordenación. Es precisamente el Derecho el que se va a preocupar de ordenar estas relaciones sociales, que por cierto son muy variadas y de distintos tipos, y podemos afirmar y conviene hacer la distinción de que: no todas las reglas sociales de conducta son reglas jurídicas o de Derecho; las hay morales, económicas sociales propiamente dichas o usos convencionales, como pueden las reglas de moda, de la cortesía, etc.; por lo tanto, por ser las normas sociales unas normas de conducta de mayor amplitud, se deduce que las normas de Derecho son una categoría de normas sociales, distintas de las demás por tener unas características especiales[1].

2.2. CLASIFICACIÓN DEL DERECHO

DerechoPúblico

Derecho Público. Conjunto de normas jurídicas que regulan la organización del Estado y las relaciones que se dan entre éste y los sujetos particulares

Derecho Privado

Derecho Privado. Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre las personas particulares sean colectivas o individuales, y de estos con el Estado, cuando éste actúa como persona particular.

Diferencias

El Derecho Público contiene normas de organización de la sociedad. El Derecho Privado normas de conducta de los individuos.
El Derecho Público está dirigido al Estado. El Derecho Privado esta dirigido al individuo.
Si se persigue el interés del Estado estamos en el campo del Derecho Público. Si se persigue el interés del individuo estamos en el campo del Derecho Privado.
El Derecho Público es irrenunciable. En el Derecho Privado los individuos pueden o no ejercitar sus facultades que les otorgan las leyes.
El Derecho Público es imperativo. Mientras que el Derecho Privado campea el principio de la autonomía de la voluntad.
En el Derecho Público se hace todo lo que dice la ley, no lo que no prohíbe. En el Derecho Privado el individuo está facultado todo aquello que la ley no lo prohíbe expresamente[2].
Otros autores niegan estas diferencias, ya que dicen por definición el Derecho tiene una función colectiva: todo el Derecho es público.

 

CONTENIDO DE LA DIVISIÓN DEL DERECHO

Derecho Objetivo. Conjunto de leyes aplicables a las personas y que forman el ordenamiento jurídico vigente.
Facultad o poder reconocido a una persona por la ley vigente y que le permite realizar o no ciertos actos. Por ejemplo el derecho a la propiedad, le permite utilizar una cosa en su provecho.
Derecho Natural. Es el Conjunto de reglas ideales, eternas e inmutables que se anhela ver transformadas en leyes positivas.
Derecho Positivo. Conjunto de norma jurídicas, escritas o no, vigentes en un Estado.
Comprende el derecho escrito o legislado, el consuetudinario o no escrito, es decir, el vigente.

CARACTERÍSTICAS:

  1. es un derecho expresado cuya existencia no se discute
  2. es propio o particular de cada país
  3. lo constituyen el conjunto de preceptos establecidos por la autoridad política de un pueblo.
  4. su cumplimiento y ejecución puede ser espontáneo o no.
  5. su relatividad, el derecho se transforma a través del tiempo.

Derecho y Moral

La Moral se refiere a los actos de fuero interno. El Derecho se aplica a la manifestación del fuero externo.
Las diferencias son:
El Derecho proviene de la voluntad social y constituye un ordenamiento jurídico imperativo. La moral proviene de la conciencia humana.
El Derecho es coercible, la moral, no.
Las normas jurídicas son bilaterales (alteridad = existe el otro), exteriores, coercibles y heterónomas (relación entre dos personas).
Las normas morales son unilaterales, autónomas (fuero interno), e incoercibles.

Derecho Y Religión

Derecho y Religión antiguamente estaban unidos, hoy están vinculados. En el Derecho las normas nos atan a la ley. En la Religión a Dios.

3. CONCLUSIÓN

El derecho, se divide en diferentes ramas, cada una le corresponde un tema diferente e importante.
Esta división del derecho resulta muy efectiva, porque así el derecho no se concentra en un solo ámbito, sino que al ampliarse a diferentes sectores, hace que muchos temas puedan ser tratados con sus propias reglas y procedimientos, para que así exista un orden entre los asuntos, que nuestra sociedad trata día a día.
Cada rama ha ido evolucionando al paso del tiempo, se va perfeccionando, mejora, para el bien común. Es muy importante que exista un orden, un equilibrio entre los diferentes ámbitos, para que no haya un abuso del poder que atente al bien común e integridad de los habitantes de un país. La existencia de normas que regulen estas conductas y relaciones humanas hacen que la sociedad viva en un ambiente de orden, y "tranquilidad" lo cual es muy importante para un Estado.
La división del derecho es de vital importancia para efectos de su estudio pero no para su aplicación por que todas las ramas del derecho se relacionan con otras ramas del derecho por ejemplo el derecho comercial se relaciona con el derecho civil, incluso es necesario precisar que una rama del derecho privado puede relacionarse con una rama del derecho público, al igual que una rama del derecho público puede relacionarse con ramas del derecho privado (por ejemplo el derecho constitucional se relaciona con el derecho civil.

4. BIBLIOGRAFÍA

·         Introducción al derecho - Moscoso Delgado, Jaime
·         MACHICADO, Jorge,"¿Que es el Derecho", Apuntes Juridicos, 2013
·         Calatayud Ponce de León, Vicente. (2008). Temas de derecho Privado. San José, Costa Rica: Tercera Edición
·         OSSORIO, Manuel, “Diccionario de Ciencias, Jurídicas, Políticas


[1] Introducción al derecho - Moscoso Delgado, Jaime
[2] MACHICADO, Jorge,"¿Que es el Derecho", Apuntes Juridicos, 2013

1 comentario:

  1. gracias,me ayudo mucho al realizar mis trabajos y al tratar de repasar.

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